Silver Spring Abogados de Empleo
Goldberg Finnegan están aceptando activamente consultas de los trabajadores de Maryland que están siendo aprovechados por los empleadores en todo el estado.
Si trabajas más de 40 horas semanales y no te pagan tiempo y medio, puedes tener derecho a presentar una demanda contra tu empresa en virtud de la Ley de Normas Laborales Justas o la Ley de Salarios y Horas.
Para obtener más información, póngase en contacto con las oficinas de Silver Spring de Goldberg Finnegan en 301-589-2999 para su consulta gratuita. También puede ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro formulario de contacto gratuito.
No se cobran honorarios por adelantado y nuestro experimentado equipo de profesionales jurídicos está dispuesto a ayudarle hoy mismo.
¿Tengo derecho a reclamar?
Las leyes laborales de Estados Unidos obligan a los empresarios a retribuir adecuadamente a sus empleados por las horas extraordinarias y fijan las normas de los salarios mínimos. Según la Ley de Normas Laborales Justas (FLSA) y leyes estatales similares, los empleados no exentos que trabajan más de 40 horas a la semana tienen derecho a cobrar por ese tiempo de trabajo extra una vez y media la tarifa normal.
Los empleados a los que se ha denegado ilegalmente el pago de horas extraordinarias o que cobran menos de lo que exige la ley pueden interponer una demanda civil contra su empleador por infringir las leyes laborales justas.
Muchos empleados que trabajan en restaurantes o bares y cobran por debajo del salario mínimo (salario de propina) también pueden tener una reclamación en virtud de la Ley de Normas Laborales Justas. Por ejemplo:
- El empresario de un empleado que recibe propinas sólo está obligado a pagarle 2,13 $ por hora siempre que la remuneración total por hora del empleado sea al menos igual al salario mínimo federal de 7,25 $ por hora.
- Para que un empresario pague los 2,13 $ por hora de propina, el empleado también debe ganar al menos 30,00 $ al mes en propinas.
- Muchos empleados de restaurantes que perciben el salario por propina de 2,13 $ por hora y forman parte de un fondo de propinas pueden tener derecho a una compensación adicional si el fondo de propinas es compartido por algún empleado que no reciba propinas habitualmente (como lavavajillas, cocineros, subdirectores, chefs y conserjes).
- Para que un empresario pague legalmente el salario por propina de 2,13 $ por hora, debe facilitar la siguiente información al empleado:
- (i) cuantía del salario en metálico que paga el empresario (al menos 2,13 dólares por hora)
- (ii) importe adicional reclamado por el empresario como crédito por propinas
- (iii) que el crédito por propinas solicitado no puede superar el importe de las propinas realmente recibidas por el empleado que recibe propinas
- (iv) que todas las propinas recibidas deben ser retenidas por el empleado, excepto en el caso de un acuerdo válido de agrupación de propinas limitado a los empleados que habitualmente reciben propinas
- (v) que el crédito por propinas no se aplica a ningún empleado que reciba propinas a menos que el empleado haya sido informado de estas disposiciones sobre el crédito por propinas.
- Si su empleador le paga menos del salario mínimo (7,25 $ por hora) y no le informó de los puntos (i) a (v) anteriores, es posible que tenga una reclamación en virtud de la FLSA.
En virtud de la FLSA, los empleados pueden recuperar hasta dos veces el importe de los salarios impagados que se les adeudan, más los honorarios de los abogados. En algunos estados, los empleados pueden recuperar hasta tres veces el importe de los salarios impagados, más los honorarios de los abogados.
Y recuerde: es ilegal que un empresario tome represalias contra un empleado por presentar una reclamación de salarios y horas. Los empresarios no pueden degradar, despedir, reubicar o tomar represalias contra un empleado por presentar una denuncia en virtud de la legislación laboral justa.
Si cree que no se le están pagando correctamente las horas extraordinarias o que se le están pagando menos de lo que exige la ley, llámenos al número gratuito (888) 213-8140 para realizar una consulta confidencial gratuita y hablar sobre sus derechos legales.
No hay honorarios por adelantado y sólo cobramos si obtenemos una indemnización para usted.
Conceptos erróneos sobre el pago de las horas extraordinarias
No tengo derecho al pago de horas extraordinarias porque me pagan a base de salario.
Falso. Independientemente de que su salario sea anual, mensual, semanal o por horas, los requisitos relativos a las horas extraordinarias siguen siendo de aplicación, a menos que se encuentre en una de las excepciones previstas por la ley.
No tengo derecho a cobrar las horas extraordinarias porque sea un contratista independiente o porque mi puesto incluya el de gerente o supervisor.
Falso. Que te corresponda una de las exenciones de las horas extraordinarias depende de tus funciones, no de tu cargo. Muchos empresarios clasifican erróneamente a sus empleados como gerentes o supervisores o contratistas independientes bajo la creencia equivocada de que no tendrán que pagar las horas extraordinarias. Podemos ayudarle a determinar si está exento o no, independientemente de su cargo.
Las pausas para comer no cuentan para calcular el número de horas que trabajo al día.
Esto sólo es cierto si está completamente liberado de todas sus obligaciones durante la pausa para comer. Si su empresario le hace trabajar mientras come, ese tiempo cuenta como horas de trabajo que deben ser compensadas. Por ejemplo, un empleado que permanece en su mesa mientras come y contesta regularmente al teléfono está trabajando y este tiempo cuenta para el tiempo total de trabajo.
Mientras trabaje 80 horas en total en un periodo de dos semanas, no tengo derecho al pago de horas extraordinarias.
Falso. Los requisitos relativos a las horas extraordinarias se aplican a todo el tiempo trabajado por encima de las 40 horas semanales y no pueden promediarse en un periodo de dos semanas. Si trabaja 50 horas una semana y sólo 30 horas la siguiente, sigue teniendo derecho a cobrar 10 horas extraordinarias.
Póngase en contacto hoy mismo con nuestros abogados especializados en empleo asalariado
Si cree que no se le están pagando las horas extraordinarias a las que tiene derecho, o si se le paga menos del salario mínimo, póngase en contacto con nuestros abogados hoy mismo llamando al 301-589-2999 o rellenando el formulario de contacto de nuestro sitio web.
Tenemos muchos años de experiencia y un historial probado de éxitos.
Es importante tener en cuenta que hay límites de tiempo en las reclamaciones de derecho laboral, por lo que le animamos a llamar a nuestra oficina hoy – la llamada es gratuita, confidencial y no requiere ninguna obligación de su parte.